El formulario U1 (antes E301) es un documento en el que se certifican los periodos de cotización que un trabajador tiene acumulados en los países de la Unión Europea, para el cálculo de las prestaciones por desempleo.
¿Qué es el formulario U1?Actualizado: 16/07/2024
Este formulario U1, también llamado E301, lo expide el servicio público de empleo (u organismo equivalente) del último país europeo en el que el trabajador estuvo cotizando, a petición del interesado. Técnicamente se denomina PD U1 (Portable Document U1).
Los países que emiten y reconocen el U1 son los pertenecientes a la Unión Europea (UE) (Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido (antes del Bréxit), Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía) y los que también conforman el Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, los anteriores más Islandia, Liechtenstein y Noruega.
¿Para qué sirve el documento U1?Este documento se presenta ante la administración del país en el que el trabajador va a solicitar una prestación por desempleo y sirve para certificar los periodos que ha cotizado en otros países europeos. Es algo así como un “pasaporte europeo” de las cotizaciones que ha ido acumulando un trabajador.
Ejemplo 1: María ha estado trabajando como enfermera durante dos años en Alemania y regresa a España. Mediante el formulario U1, el servicio público de empleo alemán acredita las cotizaciones que tiene acumuladas, para que María pueda pedir la prestación por desempleo en España.
Ejemplo 2: Rodrigo se ha quedado en paro en España y le ofrecen trabajo en Irlanda. Con el U1 certificará ante el servicio de empleo irlandés las cotizaciones que tiene en España.
Cuando un trabajador solicita el U1 a la administración del país en el que trabajó, ésta puede decidir si dicho documento se lo entrega directamente al trabajador o bien si lo envía a la administración del país de destino. Para agilizar los trámites es preferible que sea el propio trabajador el que lo solicite directamente.
De este modo, un trabajador español que haya cotizado en países de la Unión Europea, puede solicitar el U1 al servicio de empleo del último país, antes de venir a España. También sería posible que lo pidiera a través del Servicio Público de Empleo español una vez que estuviera aquí, pero la primera opción, pedirlo directamente en el último país europeo, es la más rápida.
La normativa establece que esta petición de documentación la debería hacer directamente el SEPE al servicio de empleo del otro país europeo, pero la realidad que hemos encontrado consultando a muchos españoles que han retornado, es que lo más práctico es que sea el propio trabajador el que solicite el U1.
¿En qué dos situaciones necesitará el formulario U1?A) El U1 al salir de España hacia un país EuropeoSi un trabajador español se desplaza por ejemplo a Irlanda, Francia, Alemania, etc (son ejemplos) buscando trabajo y tiene cotizaciones por desempleo sin consumir en España, que le dan derecho a recibir una prestación, puede hacer dos cosas:
1) Exportar la prestación por desempleo. Es decir, solicitar al SEPE (INEM) que le pague tres meses (y hasta un máximo de seis) del paro español, mientras se encuentra en Irlanda buscando trabajo. Lo explicamos en esta guía.
2) o bien, si en Irlanda (o cualquier otro país europeo) ha encontrado trabajo y se queda en paro, con el documento U1 español podrá acreditar las cotizaciones que tenía sin consumir en España para poder pedir el paro al servicio de empleo irlandés (francés, alemán, etc). Por eso, es recomendable llevarse ya el U1 preparado desde España, antes de iniciar el viaje. Al final de esta guía explicamos cómo solicitarlo.
Estos son los casos de salida de España al extranjero. Ahora vemos la otra opción.
B) El U1 al regresar de un país europeo a EspañaDel mismo modo, si un trabajador español ha cotizado en un país europeo, es recomendable que cuando lo abandone (para ir a otro país europeo, o biedn para volver a España), solicite allí su formulario U1 para justificar los periodos trabajados y cotizados.
Esta recomendación la hacen las propias Consejerías de Empleo de las embajadas de España en Europa.
Por ejemplo, si hubiera estado trabajando en Irlanda (u otro país) y fuera a retornar a España, el trabajador debería antes de salir solicitar al servicio de empleo irlandés el documento U1 . Se utilizaría, únicamente en este ejemplo, este formulario del U1 en Irlanda.
Hay una serie de recomendaciones generales sobre la documentación que debe solicitarse al salir hacia España desde de un país Europeo en el que se ha trabajado:
¿Qué debes solicitar en el Servicio de Empleo del país europeo en el que has trabajado?:
La baja de tu inscripción como residente en el Consulado, para poder empadronarte en EspañaToda la documentación relativa a tu trabajo en Francia (nóminas, liquidación, etc).Un informe de las cotizaciones que tienes acreditadas en el país europeo.La tarjeta sanitaria europea, para la cobertura de la asistencia sanitaria hasta que puedas obtenerla a cargo de la seguridad social española, por iniciar un trabajo u obtener alguna prestación en España que te permita la cobertura de este riesgoEl formulario comunitario U-1 para totalizar los periodos de cotización acumulados en el país europeo y poder cobrar el desempleo en España.
¿Hay una homologación automática de las cotizaciones por desempleo en la Unión Europea?Aún no. El documento U1, lo que hace es certificar los periodos de trabajo cotizados, pero hay que tener en cuenta en cada país hay un régimen distinto de prestaciones por desempleo, de modo que con unas determinadas cotizaciones, en unos países podríamos tener derecho a prestación por desempleo y en otros no, en función de su normativa.
Del mismo modo, el documento U1 únicamente sirve para acreditar periodos cotizados (días trabajados) en el extranjero, pero no los importes ni las bases de cotización, que cada servicio de empleo calcula de forma diferente. Eso si, la importancia del U1 es clave, porque sin él las cotizaciones en el extranjero nunca serían tenidas en cuenta en otro país.
Por ejemplo: Elena tenía acumulados diez meses de cotizaciones en España. No pidió el paro y se marchó a Bélgica con un contrato de dos meses. Terminado su contrato belga, regresa a España con el U1, que acredita dos meses de cotización, que unidos a los diez que tenía antes, le permitirán solicitar al SEPE la prestación contributiva, que exige un año total de cotización.
Cómo solicitar el U1 al SEPE si me voy de España al extranjero
En su página web, el SEPE indica que no es necesario solicitar el U1, porque los servicios de empleo europeos deben poder intercambiar los datos sobre prestaciones de los trabajadores. La realidad es que esto funciona bien en unos países y no tan bien en otros, por lo que siempre hay la posibilidad, como el propio SEPE admite en su información, de solicitar en España el U1 .
Esta solicitud se hace contactando con las Direcciones Provinciales del SEPE.
Directorio de oficinas y delegaciones provinciales del SEPE (estas expiden el U1)Formulario de contacto electrónicoTeléfonos de información del SEPE INEM
Si estoy en España y voy a pedir el paro, pero no me he traído el U1 del país europeo en el que trabajé
Como hemos contado antes, las cotizaciones por desempleo que un trabajador español acumule en otro país europeo, se tendrán en cuenta si va a cobrar el paro en España, pero para esto es necesario tener el U1, que es el documento que acredita cuántos días ha cotizado por desempleo ese trabajador español en Europa.
Si no se pidió el U1 al salir del pais europeo, en teoría, cuando se pide el paro en España, el SEPE lo puede solicitar al servicio de empleo del país europeo, pero lo más práctico es que sea el propio trabajador el que pida el U1 directamente al servicio de empleo europeo y cuando lo tenga, lo aporte al SEPE.
La mayor parte de los servicios de empleo en Europa permiten descargar el U1 desde su página web, siempre que el trabajador se pueda identificar.
Ejemplo: descarga del U1 del servicio de empleo en Irlanda.
Normativa, fuentes y enlaces de interésGuía del retorno a España (Ministerio de Trabajo)
Cómo cobrar el paro en España después de trabajar en Europa
Cómo exportar la prestación por desempleo española y poder seguirla cobrando en otro país europeo
Oficina española del retorno (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones)
Oscar de las Heras
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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